miércoles, 6 de agosto de 2014

Fondo Emprender



¿QUÉ ES?

El Fondo Emprender es un fondo de capital semilla creado por el Gobierno Nacional en el artículo 40 de la Ley 789 del 27 de Diciembre de 2002: “por la cual se dictan normas para apoyar el empleo y ampliar la protección social y se modifican algunos artículos del Código Sustantivo de Trabajo”.

Es así como el Fondo Emprender se constituyó como una cuenta independiente y especial adscrita al Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, el cual será administrado por esta entidad y cuyo objeto exclusivo será financiar iniciativas empresariales que provengan y sean desarrolladas por aprendices o asociaciones entre aprendices, practicantes universitarios o profesionales que su formación se esté desarrollando o se haya desarrollado en instituciones que para los efectos legales, sean reconocidas por el Estado de conformidad con las Leyes 30 de 1992 y 115 de 1994 y demás que las complementen, modifiquen o adicionen.

El Fondo Emprender se rige por el Derecho privado, y su presupuesto está conformado por el 80% de la monetización de la cuota de aprendizaje de que trata el artículo 34 de la Ley 789 de 2002, así como por los aportes del presupuesto general de la nación, recursos financieros de organismos de cooperación nacional e internacional, recursos financieros de la banca multilateral, recursos financieros de organismos internacionales, recursos financieros de fondos de pensiones y cesantías y recursos de fondos de inversión públicos y privados.

QUIENES PUEDEN SER BENEFICIARIOS DEL FONDO EMPRENDER

  • Podrán acceder a los recursos del FONDO EMPRENDER, los ciudadanos colombianos, mayores de edad, que estén interesados en iniciar un proyecto empresarial en cualquier región del país y que acrediten, al momento del aval del plan de negocios, alguna de las condiciones estipuladas en el articulo segundo del Acuerdo 007 del 07 de octubre del 2011. Dichas condiciones se enumeran a continuación.

  • Articulo 2°. Beneficiarios. Podrán acceder a los recursos del Fondo Emprender, los ciudadanos Colombia os, mayores de edad, que estén interesados en iniciar un proyecto empresarial desde la formulación de su plan de negocio o que su empresa no supere los doce meses (12) de haberse constituid, legalmente en cualquier región del país y que acrediten al momento del aval del plan de negocios. alguna de las siguientes condiciones:

     1.   Estudiante Sena matriculado en un programa de Formación Titulada, que haya                   finalizado la. etapa lectiva de un programa de formación, así como egresados de estos           programas. cuyo título haya sido obtenido durante los últimos 60 meses.

      2.  Estudiante que se encuentre cursando los dos (2) últimos semestres en un programa         de educación superior de pregrado, reconocido por el Estado de conformidad con las           Leyes 30 de 1992 y 115 de 1994 y demás que las complementen, modifiquen o                     adicionen.

      3.  Estudiantes que hayan concluido materias, dentro de los últimos doce (12) meses, de       un programa de educación superior de pre grado. reconocido por el Estado de                       conformidad con las Leyes 30 de 1992 y 115 de 1994 y demás que las complementen,           modifiquen o adicionen.

     4.  Técnico Profesional, Tecnólogo o Profesional universitario, cuyo título haya sido                obtenido durante los últimos 60 meses, de un programa de educación superior                      reconocido por el Estado de conformidad con las Leyes 30 de 1992 y 115 de 1994 y              demás que las complementen, modifiquen o adicionen.

     5.  Estudiantes que se encuentren cursando especialización, maestría y/o Doctorado, así       como egresados de estos programas, que hayan culminado y obtenido el Titulo dentro          de      los últimos 60 meses.

     6. Estudiante SENA del programa Jóvenes Rurales y Línea de Formación Lideres del            desarrollo, que haya completado 200 horas del programa de formación o egresados de        este programa. ctiyo Título haya sido obtenido dentro de (Los últimos 60 meses).

      7. Egresados del programa de formación SENA para Población en situación de                       desplazamiento por la violencia, que hayan completado 90 horas del proceso de                     formación y cuyo Título haya sido obtenido dentro de los últimos 60 meses


COMO INSCRIBE SU PLAN PARA EL FONDO EMPRENDER

Todas las instituciones de educación superior que desean apoyar las iniciativas empresariales de sus estudiantes o  profesionales recién egresados, con los recursos de Fondo Emprender,  deben diligenciar el certificado de compromiso donde consta de disposición y disponibilidad para realizar la asesoría en la formulación del plan de negocio y acompañamiento durante la ejecución del mismo.


Modelo de Certificado de Compromiso

A éste certificado, firmado por el Representante Legal, se anexan los documentos legales que reconozcan la Institución Educativa, según las leyes 30 de 1992 o 115 de 1994, los documentos que acreditan al representante legal y la copia del documento de identidad del mismo.   La anterior documentación debe ser enviada por correo postal a:


SENA–FONDO EMPRENDER
Carlos Arturo Gamba Castillo 
(Coordinador Nacional de Emprendimiento, Empresarismo y Fondo Emprender) Calle 57 Nº 8 – 69 Bogotá D.C.

Una vez recibida y analizada la solicitud será creada la respectiva Unidad de Emprendimiento. Las instrucciones para ingresar al sistema de información así como los datos de acceso (usuario y contraseña) del Jefe de Unidad de Emprendimiento serán
enviados al correo electrónico que se haya registrado en la comunicación enviada a  FONADE.

 Para recibir información adicional se puede contactar marcando a Bogotá al número
telefónico (571) 5940407 Exts. 60156, 60155 y 60153

QUE FINANCIA EL FONDO EMPRENDER 

   El presupuesto del Fondo Emprender estará conformado por el 80% de la monetización de la cuota de aprendizaje, incluidos los ingresos por intereses por mora, multas por mora en monetización y las multas por no contratación de aprendices; así como por los aportes del presupuesto general de la nación, recursos financieros de organismos de cooperación nacional e internacional, recursos financieros de la banca multilateral, recursos financieros de organismos internacionales, recursos financieros de fondos de pensiones y cesantías, recursos de fondos de inversión públicos y privados, donaciones y rendimientos financieros generados por los recursos del fondo. Adicionalmente, los entes gubernamentales del territorio nacional, podrán aportar recursos de su presupuesto para que sean parte del Fondo Emprender, con el propósito de financiar planes de negocio que sean viables y propicien el desarrollo socio-económico de su región, de acuerdo con los lineamientos que para tal fin, establezca el Director General del SENA. De conformidad con lo señalado en el Artículo 40 de la Ley 789 de 2002, los recursos que conforman el presupuesto del FONDO EMPRENDER, tendrán la calidad de capital semilla en la financiación de iniciativas empresariales que provengan y sean desarrolladas por aprendices o asociaciones  entre aprendices, practicantes universitarios o profesionales que su formación se este desarrollando o se haya desarrollado en instituciones que para los efectos legales sean reconocidas por el Estado.









 

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